Nuestra clienta, camarera, fue despedida en julio de 2020 estando embarazada, con una carta que reconocía la improcedencia y una indemnización de 197,80 € incluida en la nómina. El juzgado declaró el despido nulo por disposición legal y, como el negocio estaba cerrado, extinguió la relación con una indemnización de 947,43 € y 6.251 € por daños morales.
La noticia
El Juzgado de lo Social nº 6 de Granada declara nulo el despido y condena a la empresa a pagar 947,43 € de indemnización y 6.251 € por daños morales.
Nuestra clienta trabajaba como camarera en un establecimiento de hostelería de la provincia de Granada. En julio de 2020, estando embarazada, la empresa la despidió con una carta en la que reconocía la improcedencia y le abonaba 197,80 € de indemnización en la nómina.
Demandamos por despido nulo. El Estatuto de los Trabajadores protege especialmente a las trabajadoras embarazadas: su despido es nulo salvo que se demuestre una causa real ajena al embarazo.
La empresa no compareció al juicio y la sentencia, de febrero de 2021, nos dio la razón:
Declaró el despido nulo por disposición del artículo 55.5 a) del Estatuto de los Trabajadores.
Como el negocio había cerrado y la readmisión era imposible, extinguió la relación laboral con una indemnización de 947,43 €.
Condenó además a la empresa a pagar 6.251 € por daños morales, la cuantía mínima de la sanción por infracción muy grave.
Lo que enseña este caso: reconocer la improcedencia y pagar una pequeña indemnización no cierra el asunto si la trabajadora está embarazada. En esos casos el despido es nulo, con consecuencias económicas mucho mayores.
Cabecera de la sentencia
Lo que pagó la empresaHecho probado 2º
Fundamentos de derecho destacados
Embarazo en el momento del despido
Nulidad por disposición legal (art. 55.5 ET)
Indemnización por la extinción
Daños morales: 6.251 €
Fallo
Documento íntegro
Sentencia completa
Texto íntegro de la resolución, con los fundamentos de derecho y el fallo más relevantes subrayados.
Pasajes clave subrayados Datos suprimidos
Documento anonimizado. Se han suprimido los datos personales y procesales del cliente y de terceros. Los resultados obtenidos en asuntos anteriores no garantizan el resultado de otros procedimientos.