a gestión de una herencia llega casi siempre en un momento delicado para la familia.
En Prietomoles Abogados nos ocupamos de todos los trámites, desde la planificación en vida hasta la inscripción de los bienes heredados, para que la familia pueda centrarse en lo importante.
para que su voluntad se cumpla y se eviten conflictos futuros.
cuando el fallecido no otorgó testamento.
ante notario o, si no hay acuerdo entre los herederos, judicialmente.
aplicando las reducciones y bonificaciones vigentes en Andalucía.
inventario, valoración y reparto de los bienes de la herencia.
con causante o herederos no residentes en España.
y aceptación a beneficio de inventario cuando la herencia puede incluir deudas.
reclamación de la legítima e impugnación de testamentos y particiones.
El impuesto de sucesiones debe presentarse, con carácter general, en los seis meses siguientes al fallecimiento. Este plazo puede prorrogarse si se solicita a tiempo.
Le recomendamos consultarnos en cuanto sea posible.
El certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y, si existe, la copia del último testamento. Le ayudamos a obtenerlos.
No. Puede renunciar a ella o aceptarla a beneficio de inventario, de forma que solo responda con los bienes heredados.
Intentamos primero un acuerdo. Si no es posible, cualquier heredero puede pedir la división judicial de la herencia.